Actualizado el 4 de agosto de 2026

Plazos de pago: cuántos días tiene tu cliente para pagarte

Que un cliente pague tarde no siempre es una negociación: casi siempre es un incumplimiento. La ley de morosidad fija plazos concretos, y lo que más sorprende de ella es que hay un tope que no se puede pactar al alza. Ni firmándolo.

Treinta días si no habéis pactado nada

Si el contrato no fija fecha ni plazo de pago, tu cliente debe pagarte en treinta días naturales desde que recibió la mercancía o desde que le prestaste el servicio. Y ojo al detalle, porque es donde falla la intuición: el reloj arranca con la entrega, no con la factura, incluso aunque hubiera recibido la factura antes.

Si en el contrato existe un procedimiento de aceptación o comprobación para verificar que lo entregado es conforme, esa comprobación no puede durar más de treinta días naturales, y el plazo de pago cuenta treinta días desde la aceptación.

Sesenta días es el techo, y es infranqueable

Las partes pueden ampliar el plazo por acuerdo. Pero la ley cierra la puerta con una frase que no deja margen: en ningún caso se puede acordar un plazo superior a sesenta días naturales.

Esto es lo que casi nadie sabe cuando le imponen condiciones de pago a 90 o 120 días. Un plazo así excede lo que la norma permite, esté firmado o no. Si trabajas para empresas grandes, es la parte del artículo que más te conviene tener a mano.

Tú también tienes una obligación: mandar la factura en quince días

La ley no solo mira al que paga. El proveedor debe hacer llegar la factura a su cliente antes de que pasen quince días naturales desde la recepción efectiva de la mercancía o la prestación del servicio.

Retrasar la factura no retrasa el plazo de pago —el reloj ya corría—, pero te deja en peor posición para reclamar. Y encaja con la otra obligación que ya tenías: el Reglamento de facturación te da hasta el día 16 del mes siguiente cuando facturas a un empresario o profesional.

Qué intereses puedes reclamar

El interés de demora es el que diga el contrato. Si no hay pacto, se aplica el tipo legal: el tipo que aplicó el Banco Central Europeo a su operación principal de financiación más reciente antes del semestre, más ocho puntos porcentuales.

Son ocho puntos por encima del tipo de referencia, no ocho puntos en total. Es una cifra deliberadamente alta: la ley quiere que pagar tarde salga caro.

Si agrupas facturas del mes

Se pueden agrupar facturas en una factura resumen periódica o en una agrupación de facturas, siempre que el período no supere los quince días. En ese caso el plazo se cuenta desde la mitad del período, y aun así no puede superar los sesenta días naturales desde esa fecha.

Antes de reclamar, comprueba que tu factura está bien

Una factura a la que le falta un dato obligatorio es la excusa más fácil para retrasar un pago. Antes de reclamar intereses, repasa la checklist de datos obligatorios; y si detectas un error, corrígelo como toca, con una factura rectificativa y no borrándola.

Preguntas frecuentes

¿En cuántos días tiene que pagarme un cliente?

Sin pacto, treinta días naturales desde la entrega o la prestación del servicio. Con pacto, hasta un máximo de sesenta.

¿Es válido un contrato que dice que me pagarán a 90 días?

No: la ley no permite acordar un plazo superior a sesenta días naturales, así que ese pacto excede lo que la norma admite.

¿Cuándo empieza a contar el plazo de pago?

Desde la recepción de la mercancía o la prestación del servicio, no desde la fecha de la factura.

¿Qué intereses puedo reclamar si se retrasan?

Los del contrato y, en su defecto, el tipo del Banco Central Europeo más ocho puntos porcentuales.

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